Europa lanza una ley de medios y algunos medios se lanzan contra Europa
En el que nos planteamos que, teniendo en cuenta la situación actual de los medios, preferimos una ley con algunas sombras que vivir de forma perpetua en las tinieblas.
La Comisión Europea acaba de aprobar hace pocos días la Ley de Libertad de los Medios de Comunicación con 448 votos a favor, 102 en contra y 75 abstenciones. Se trata de un nuevo conjunto de reglas destinadas a proteger la libertad de los medios de comunicación en Europa. Y, como no podía ser de otra manera, ciertos medios de comunicación han empezado a lanzar críticas.
Hay quien dice que estas normas supondrá un control excesivo y burocracia. Y quien considera, en cambio, que da poderes a los medios frente a Meta o Twitter.
Si te quieres ahorrar todo lo que viene a continuación, el resumen de mi opinión es que la existencia de este conjunto de normas me parece necesaria, rozando lo urgente, y que tiene el corazón en su sitio, más allá de las dificultades en la implantación y los problemas y ajustes asociados a cualquier nueva regulación.
Los aspectos positivos
La regulación propuesta incluye cosas que parecen razonables, como salvaguardas contra la interferencia política en las decisiones editoriales, además de poner énfasis en la independencia y financiación estable de los medios de servicio público, así como en la transparencia de la propiedad de los medios y en cómo se produce la asignación de la publicidad estatal.
También establece medidas para proteger la independencia de los editores y divulgar conflictos de interés. Asimismo, aborda el problema de las concentraciones mediáticas y sustituye el Grupo de Reguladores Europeos del Audiovisual (ERGA) por un nuevo Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación.
En resumen, las principales disposiciones de la Ley de Libertad de Medios Europea son:
Protección de la independencia editorial y de las fuentes periodísticas.
Salvaguardias contra el uso de software espía contra los medios y periodistas.
Garantía de financiación adecuada y estable para los medios de servicio público.
Pruebas de pluralismo mediático para evaluar el impacto de las concentraciones mediáticas en la independencia editorial.
Transparencia en la asignación de publicidad estatal.
Protección del contenido mediático en línea y salvaguardias contra la eliminación injustificada de contenido.
Derecho de personalización de la oferta mediática en dispositivos y interfaces.
Además, se propone la creación de una Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación para promover la aplicación efectiva de estas nuevas reglas de libertad de medios en la UE y coordinar medidas regulatorias en relación con medios no pertenecientes a la UE.
El Parlamento Europeo y los Estados miembros discutirán a continuación la propuesta de regulación, y una vez adoptada, será aplicable en toda la Unión Europea. Porque es un reglamento, no una directiva, así que no debe esperarse a una adaptación a la normativa de cada país y, pese al esfuerzo de sus opositores, habrá de ser acatada de forma inmediata. Se habla de que empiece a estar operativa el próximo año.
Es importante señalar que, en todo momento, se ha dejado claro que la iniciativa está relacionada con la preocupación por tendencias que vemos en cuanto a la libertad de medios en la UE, especialmente en Hungría y Polonia —que votaron en contra—, y se suma a otros esfuerzos de la UE para promover la democracia, abordar la desinformación y apoyar la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación. Sin embargo, ha sufrido también presiones de Alemania y Austria y ataques de grupos de medios y lobbies alemanes y franceses.
A mi juicio, hacía falta una norma europea en este sentido por estas y otras razones.
Entre ellas, para proteger el ecosistema y las prácticas periodísticas europeas de intromisiones constantes por parte de agentes extranjeros. Rusia, en lo geopolítico, ha sido un financiador constante de medios y partidos diseñados para desestabilizar nuestras democracias.
Para mí, es fundamental que los medios europeos que quieran serlo sean transparentes acerca de sus propietarios, que se reduzca el poder de los mismos sobre los profesionales de la información y que se cumpla la legislación europea que se aplica a las empresas normales, como las referidas al lavado de dinero. Y si la UE está planteando esto en concreto es por algo.
Los medios también deberán “tomar las medidas que consideren adecuadas para garantizar la independencia de las decisiones editoriales individuales y hacer públicos los conflictos de intereses, los existentes y los potenciales”. Todo muy razonable.
Dejan además especialmente claro que esta regulación no afecta a la organización de los medios y que el nuevo Comité tiene un papel en monitorizarlas, pero no es “un nuevo cuerpo de supervisión para el sector de los medios”.
Lo que dice TechCrunch
A la hora de ver qué se critica, empezaré con el un interesante artículo de Techcrunch, un medio cercano a las grandes compañías tecnológicas y, por lo tanto, a sus intereses.
TechCrunch considera, básicamente, que la nueva norma puede provocar una moderación arbitraria del contenido y quitar poder a Meta o a Twitter. Este medio cree que eso impedirá a dichas plataformas eliminar de inmediato “contenido dañino” de los mismos, dado que a su juicio bastará con registrarse como medio de comunicación para tener esta protección.
Los autores del artículo argumentan que el artículo 17 de la norma es una forma de must-carry y elimina así el principio de que las plataformas en línea no deben ser obligadas a alojar ningún contenido, otorgando así un trato privilegiado frente a otros agentes a los medios de comunicación. Las plataformas en línea muy grandes (VLOPs) como Twitter y Facebook deberán crear portales de registro en los que los medios de comunicación puedan autodeclararse como proveedores independientes y regulados.
“Esto significa que un medio de comunicación autodeclarado podría publicar cualquier tipo de contenido, mientras que las plataformas estarán limitadas para marcar historias como falsas o eliminar rápidamente contenido objetable que viole sus normas comunitarias”, señala TechCrunch.
“Esta excepción total de las disposiciones de regulación de contenido es un enfoque imprudente para proteger la pluralidad de medios en la UE. Al otorgar privilegios de moderación de contenido y permitir que cualquiera se autodeclare como medio de comunicación, la Ley de Libertad de Medios proporciona un sistema que puede ser manipulado por actores no autorizados y explotado para distorsionar el discurso público, socavando la igualdad de la libertad de expresión y el debate democrático”, añaden.
Según TechCrunch, con esta norma se está restringiendo la capacidad de las plataformas para advertir a los usuarios sobre el contenido. Bajo estas condiciones, la propaganda estatal dañina o la desinformación orquestada por el gobierno seguiría en línea, “incluso si el contenido es demostrablemente falso, debido al tratamiento privilegiado proporcionado por la exención de medios”. “Esto facilitará la propagación del discurso de odio, la propaganda electoral, estafas y otras formas de desinformación perjudicial”, subraya.
En el artículo lamentan que las nuevas obligaciones supongan una capa adicional a la ya aprobada Ley de Servicios Digitales (DSA), el nuevo y completo conjunto de normas de la UE para la gobernanza de plataformas. “El proyecto de ley propuesto no solo amenaza con abrumar a las plataformas en línea con nuevos procedimientos, sino que también las sumerge en un dilema: mientras que la DSA ordena a las plataformas evitar la discriminación y la inconsistencia en la moderación de contenido, centrándose en los tipos de contenido en lugar del editor, el Acta de Libertad de Medios de la UE incentiva hacer lo contrario, requiriendo una comunicación ardua con los proveedores de servicios de medios”. No creo que sea así en la mayor parte de los casos.
Pero quedémonos con el último párrafo de la pieza: “Si se adopta en su forma actual, el Acta de Libertad de Medios de la UE podría erosionar significativamente la confianza de los usuarios en la capacidad de los medios para proporcionar información confiable y fiscalizar eficazmente a los líderes políticos. La libertad de prensa debe poder operar sin interferencia política para proporcionar a los usuarios más información, no menos. El Artículo 17 (...) debe ser rechazado o al menos revisado significativamente”.
¿Y qué va a hacer? ¿Que confiemos menos en los medios de lo que hacemos hoy?
Pero, ¿qué dice exactamente el Artículo 17?
1. Los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño facilitarán una funcionalidad que permita a los destinatarios de sus servicios declarar que:
se trata de prestadores de servicios de medios de comunicación en el sentido del artículo 2, punto 2;
son independientes, desde el punto de vista editorial, de los Estados miembros y de terceros países; y
están sujetos a requisitos normativos para el ejercicio de la responsabilidad editorial en uno o más Estados miembros, o se adhieren a un mecanismo de corregulación o autorregulación que rige los estándares editoriales, ampliamente reconocido y aceptado en el sector de los medios de comunicación pertinente en uno o más Estados miembros.
2. Cuando un plataforma muy grande de servicios en línea decida suspender la prestación de sus servicios de intermediación en línea en relación con contenidos ofrecidos por un prestador de servicios de medios de comunicación que haya presentado una declaración con arreglo al apartado 1 del presente artículo, basándose en que dichos contenidos son incompatibles con sus condiciones, sin que esos contenidos contribuyan a un riesgo sistémico a que hace referencia el artículo 26 del Reglamento (UE) 2022/XXX [Ley de Servicios Digitales], tomará todas las medidas posibles, en la medida en que resulte coherente con las obligaciones que le impone el Derecho de la Unión, incluido el Reglamento (UE) 2022/XXX [Ley de Servicios Digitales], para comunicar al prestador de servicios de medios de comunicación afectado la motivación que acompañe a esa decisión, según lo exigido por el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/1150, antes de que la suspensión se lleve a efecto.
3. Los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño tomarán todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar que las denuncias con arreglo al artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/1150 interpuestas por prestadores de servicios de medios de comunicación que hayan presentado una declaración con arreglo al apartado 1 del presente artículo se tramiten y se resuelvan de manera prioritaria y sin demora indebida.
4. Cuando un prestador de servicios de medios de comunicación que haya presentado una declaración con arreglo al apartado 1 considere que el prestador de plataformas en línea de muy gran tamaño restringe o suspende con frecuencia la prestación de sus servicios en relación con contenidos ofrecidos por el prestador de servicios de medios de comunicación sin motivos suficientes, el prestador de plataformas en línea de muy gran tamaño entablará un diálogo significativo y efectivo con el prestador de servicios de medios de comunicación, previa solicitud de este, de buena fe y con el fin de hallar una solución amistosa para poner fin a las restricciones o suspensiones injustificadas y evitarlas en el futuro. El prestador de servicios de medios de comunicación podrá notificar el resultado de esos intercambios al Comité.
5. Los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño harán pública, con periodicidad anual, la información siguiente:
el número de casos en que hayan impuesto una restricción o suspensión al considerar que los contenidos ofrecidos por un prestador de servicios de medios de comunicación que haya presentado una declaración con arreglo al apartado 1 del presente artículo eran incompatibles con sus condiciones; y
los motivos para imponer esas restricciones.
6. Con vistas a facilitar la aplicación coherente y efectiva del presente artículo, la Comisión podrá publicar orientaciones para establecer la forma y los detalles de la declaración a que se refiere el apartado 1.
Personalmente, creo que a TechCrunch se le va un poco y que el diálogo con los medios que se exige queda, claramente, circunscrito a situaciones en las que se “restringe o suspende con frecuencia”, no a que los medios puedan escaparse sin más de su moderación.
¿Pero qué es un medio de comunicación?
Lo gracioso del artículo de TechCrunch es que ataca que los medios vayan a tener demasiado poder frente a las grandes plataformas, mientras que otros medios de comunicación y expertos critican que con la nueva norma es el Estado el que vaya a tener demasiado poder sobre lo medios.
Porque volvamos al párrafo en el que se dice que para tener esa protección de las plataformas estén “sujetos a requisitos normativos para el ejercicio de la responsabilidad editorial en uno o más Estados miembros” o se adhieran a “un mecanismo de corregulación o autorregulación que rige los estándares editoriales, ampliamente reconocido y aceptado en el sector de los medios de comunicación pertinente en uno o más Estados miembros”.
Joe Barata, de Justitia’s Free Speech Project, subrayaba que “los Estados ahora deben introducir un nuevo nivel de monitorización de los medios, que consiste en organismos reguladores nacionales, es decir, autoridades administrativas con competencia general sobre todos los tipos de medios. Aunque los poderes de estas autoridades independientes obligatorias están definidos y delimitados por el texto de la propuesta, la creación de tales organismos a nivel nacional podría desencadenar la introducción de nuevas restricciones y controles administrativos sobre modalidades de medios tradicionalmente menos reguladas, lo que podría afectar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión en algunos Estados de la UE”.
Tengo motivos para dudar de que, como sugiere Barata, esta norma vaya a provocar en España “ataduras innecesarias” o a “legitimar regulaciones desproporcionadas por parte de los estados miembros”.
Especialmente porque en España el sector está completamente desregulado. Llevo años planteándome qué se puede hacer para introducir elementos sostenibles para garantizar que en nuestro país los medios tengan incentivos para cumplir con ciertas prácticas básicas. Porque cierta regulación no debería ser incompatible con la libre competencia.
Sorprendería al lector la cantidad de cosas que le llegan al móvil como información de medios de comunicación pero que en realidad no cumplen con las regulaciones más elementales que deben tener las páginas web, como la identificación del titular o los textos legales básicos.
Cuando escribí ‘Cómo evitar que tus hijos estudien periodismo’ una de las dudas que me asaltaba, y me sigue preocupando, tiene que ver con qué es un medio de comunicación en España, en Europa y en todo el mundo. ¿Qué diferencia a un medio de comunicación de una página web random? En los argumentos de TechCrunch hablan de la autodeclaración como la única forma de determinarlo, y el peligro que eso supone.
Puedo escribir varios artículos sólo sobre esta cuestión pero, en resumen, hoy en España eres un medio básicamente si dices que lo eres y organizando tu árbol de contenidos para que Google te considere como tal. Muy simple. Nadie te exije apenas ni cumplir con las leyes. Te pueden estar friendo a demandas por incumplimiento del derecho de rectificación, por ejemplo, y seguirás siendo considerado un medio. Puedes no tener contratado un licenciado en periodismo en toda la plantilla y ser considerado un medio. Puedes mentir a manos llenas y ser considerado un medio.
Tampoco hay un regulador específico sobre buenas prácticas ni una autorregulación organizada. Sí se trabaja bien el tema de las audiencias a través de la Comisión de Seguimiento de la Medición de Audiencias Digitales en España, integrada por la Asociación Española de Anunciantes (aea), la Asociación para la Investigación de los Medios de Comunicación (AIMC) y el Interactive Advertising Bureau Spain (IAB Spain), constituida en Comisión Permanente en donde se controla el seguimiento de todos los compromisos establecidos por GfK DAM, medidor recomendado. Pero, en realidad, toda la regulación de medios en nuestro país se circunscribe al audiovisual.
Criticar que se exija a las plataformas un sistema de autodeclaración por el que un medio simplemente afirme serlo no puede sorprender a nadie en España. Porque ya es la única forma de hacerlo. Recordemos que nuestra última ley de prensa, hoy bastante vacía de contenido, es la franquista de 1966, así que no tengo ningún problema en que Bruselas haga nacer algunos principios muy básicos y ayude a consolidarlos, especialmente si van en la línea de cosas que protejan a los periodistas, den entidad a los medios como agentes empoderados frente a las plataformas y se aseguren de que existen siquiera formas de autorregulación que ayudan a proteger la profesión. Aquí estoy del lado de los medios, pero considero necesarios algunos cambios que establezcan, con más claridad, derechos y obligaciones.
Porque si en general creo que la libertad y la falta de regulación han sido buenas para el sector en el pasado, también creo que la eliminación de barreras de entrada ha producido un entorno en el que, muchas veces para mal, cualquier basura es un medio. Lo que, sorprendentemente, me parece bien en general, incluso cuando hablamos de cosas que no coinciden con mi sesgo ideológico. No soy ningún obseso de la pureza periodística o de que los licenciados tengamos derecho a controlar un carajo.
Pero sí me parece muy mal si hablamos de productos cliqueros facturados en Georgia para fomentar las fake news y alabar a un golpista estadounidense, capaces de alcanzar la misma repercusión en Discover que lo que publican El País o El Mundo, por citar medios contrapuestos.
No digo que tengan que aparecer grandes barreras para proteger a los medios tradicionales. Ni mucho menos. Simplemente, debe exigirse a los nuevos entrante un cumplimiento mínimo de prácticas básicas y un cierto nivel de autorregulación. Estoy seguro de que desde el nuevo Diario Red de Pablo Iglesias hasta El Debate de la Iglesia Católica podrán cumplir con estas normas. Pero será bueno tenerlas, y quien las vigile, para evitar que medios pop-up financiados por Rusa y escritos por IA supongan un problema a medio y largo plazo para nuestras democracias.
No debatir sobre estas cuestiones será mortal para unos medios que, en el previsible entorno al que nos enfrentamos de ruptura de la confianza por la irrupción masiva de lo fake, pueden y deben tener un papel fundamental como guía.
He cofundado dos medios de comunicación y el único, el ÚNICO trámite que sonaba a trámite no genérico a la hora de ponerlos en marcha, tenía que ver, exclusivamente, con el posicionamiento en Google.
¿Supondrá un grave trastorno o la creación de nuevas estructuras la creación de la nueva organización que sustituya al ERGA? ¿Un exceso de burocracia europea? Nop. Teniendo en cuenta que el organismo español que está en el ERGA es la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), intuyo que lo normal es que participen también en el nuevo Comité Europeo Independiente de Servicios de Medios, lo que me parece una buena idea, la verdad.
Tendremos mucho que aprender en el futuro sobre esta norma y seguro que nos topamos con cosas que no nos gustan. Estaré encantado de que me transmitáis vuestra opinión sobre este tema en particular. Pero nos estaríamos engañando si pensamos que las cosas van bien en los medios. Porque van fatal. Hará falta trabajo y confianza para que vuelvan a ser relevantes. Y necesitamos que lo sean. Nos va la democracia en ello.